lunes, 21 de octubre de 2013

"DOCTRINA PAROT"

El tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, ha dado la razón a la etarra Inés del Río, por el recurso que presentó contra la "doctrina Parot"; el fallo de este tribunal estima, que se ha vulnerado el Convenio Europeo de Derechos Humanos.


La resolución no entra a valorar otros casos, pero  este tribunal quiere dejar claro como resumen de la sentencia, que la aplicación retroactiva para mantener en la cárcel más tiempo a Inés del Río, supuso una detención irregular;  la sentencia es vinculante, que sienta jurisprudencia y que España se comprometió a acatar los fallos.


Es evidente que la sentencia no ha sentado bien al Gobierno, y a una gran parte de la población española, no se llega a entender muy bien como un terrorista que tiene por ejemplo, 1.300 años de condena, por haber cometido 30 ó 40 crímenes, tenga los mismos beneficios penitenciarios que los presos comunes; la asociación de Víctimas del Terrorismo en voz de su presidenta, ha manifestado su disconformidad con la sentencia del tribunal de Estrasburgo, y luchará con todos los medios si el Gobierno acata la sentencia; por otra parte, la izquierda abertzale ha celebrado como un triunfo, la derogación de la "doctrina Parot".


El ministro de Justicia Alberto Ruíz Gallardón, ha insistido en que la sentencia es un fallo sobre la etarra Inés de Río y no una doctrina general; el ministro del Interior, Jorge Fernández ha hecho mención de las consecuencias que puede tener, la sentencia "Parot" para el proceso de paz, el ministro ha querido dejar claro que ETA ha sido vencida por la sociedad y por la democracia; el secretario de organización del PSOE ha manifestado que los socialistas acatamos la sentencia del "caso Parot", pero lamentamos profundamente el dolor que va a ocasionar a los familiares de las víctimas del terrorismo.


El tribunal  Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, confirma rotundamente, que la jurisprudencia del Tribunal Supremo, se aplicaron con retroactividad las normas, y en la Constitución Española en su artículo 9, prohíbe la retroactividad.
El tribunal de Estrasburgo dice, que corresponde a las autoridades españolas la puesta en libertad en el plazo más breve posible, y con el pago de 30.000 €.

Incomprensible para la gran mayoría de gente, que se le indemnize con esa cantidad de 30.000 € por daños morales.
Será difícil de digerir esta sentencia por parte de la AVT; esta asociación no va a perdonar que el Gobierno acate la sentencia del tribunal Europeo. Mucha gente de bien, tampoco va a entender esta resolución a favor del recurso que presentó la terrorista Inés del Río, está claro, aunque el ministro Gallardón diga que esta "sentencia Parot" sólo afecta a este caso, esta resolución va a sentar jurisprudencia y en poco tiempo, vamos a tener a más de 60 presos en la calle, repito, ¡¡ esto va a ser difícil de entender aunque sea bueno para el proceso de paz y que ETA entregue las armas!!.

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